Me inspiré a escribir este artículo debido al volumen de consultas que he tenido en mis DM's que empiezan con "Enséñame a ser adulto", que usualmente se traduce en "No tengo ni p*ta idea cómo funciona el dinero y los impuestos". Pobres criaturas...
![](https://static.wixstatic.com/media/11062b_620eb2cccbe2479d9016af2681a44b30~mv2.jpg/v1/fill/w_980,h_653,al_c,q_85,usm_0.66_1.00_0.01,enc_auto/11062b_620eb2cccbe2479d9016af2681a44b30~mv2.jpg)
La verdad es que considero que hay muchísimas cosas que solamente nos enseñan en la universidad a nosotros los Contadores. Nunca en una Facultad de Medicina, o en una Facultad de Ingeniería, o de cualquier otra que no esté relacionada a las ciencias contables y administrativas, se han tomado la molestia de instruir a los futuros profesionistas sobre el cómo desempeñar una profesión de forma independiente y cumplir con las obligaciones que dicho ejercicio conlleva.
Los médicos y los profesionistas de la salud pecan mucho de esta ignorancia, porque inclusive sienten que están por encima de las leyes impositivas (para los que no dominan la jerga legal contable, es decir, las leyes que establecen los impuestos a pagar).
Imagínense y ahorita estoy hablando de profesionistas. Ahora piensen en esas personas que no desempeñan una profesión, sino un oficio o una actividad independiente que no requiere estudios universitarios. Muchas de estas personas pecan de ignorancia al doble o triple.
Y luego están las personas que se hacen p*nd*jas (sin ofender, claramente)... ¿Qué vamos a hacer con ellos? Saben que tienen que pagar impuestos, pero no lo hacen por diversas razones. La razón más citada es porque "ganan menos" al pagar impuestos, la segunda razón más citada es "porque al final de cuentas los políticos se roban el dinero". Eso si les voy a decir, tomen en cuenta lo siguiente: si no pagan sus contribuciones, entonces menos infraestructura y servicios públicos vamos a tener.
Sin más preámbulo, les dejo mi lista de cosas fiscales que todos deberíamos conocer.
1. Qué es un CFDI y para qué sirve
Para no hacer el cuento largo, el Comprobante fiscal digital por internet (CFDI) es un documento digital que sirve para que las personas amparen la procedencia de sus ingresos, independientemente si se cobra en efectivo o por medios bancarizados.
Para el SAT, tienes que tener bien documentado de dónde obtienes dinero, porque el punto es recaudar. Además de ver cuánto estás cobrando, el SAT puede visualizar ahí los impuestos que trasladas (cobras por cuenta y orden del SAT, cof cof, el IVA). Más allá de lo fiscal, en materia financiera y de control interno, tienen la misma finalidad: documentar los ingresos y separar de los cobros el monto correspondiente a los impuestos.
En cada operación realizada, debes emitir un comprobante fiscal, cuando eres la persona que está recibiendo el ingreso. Si eres quien está pagando, efectuando el gasto, es tu obligación solicitar que se te entregue el CFDI. Recordemos que la partida doble no solo aplica en contabilidad, sino también en materia fiscal: lo que para una persona es un ingreso, para otra es un costo o gasto, por lo que si a la persona que le pagas le sirve para documentar el ingreso, a ti como persona "pagadora" (vamos a llamarle así para darnos a entender) te sirve para documentar el gasto.
Si quieres aprender más sobre los CFDI, te sugiero vayas a leer "¿Mujeres que facturan? Una breve guía para facturar"
2. Qué es y para que sirve el RFC
El Registro Federal de Contribuyentes (RFC) es básicamente la lista de todas las personas físicas y morales obligadas al pago de contribuciones y al cumplimiento de diversas obligaciones fiscales no impositivas. La clave del Registro Federal de Contribuyentes es el código alfanumérico que sirve para identificar a las personas físicas y morales en esta lista que les menciono.
La clave del RFC sirve como número de identificación fiscal, asignándole identidad al contribuyente. Todas las personas físicas mayores de 18 años debemos poseer esta clave para poder acceder a empleos formales o dedicarnos a alguna actividad generadora de ingresos. De poseer el RFC se derivan muchas obligaciones fiscales, impositivas (que causan pago de impuestos) y no impositivas, dependiendo de la actividad que desempeñes.
El Registro Federal de Contribuyentes es una forma en la que se materializa el precepto constitucional de contribuir al gasto público de manera equitativa y proporcional.
3. Qué impuestos tengo que pagar
Vamos a hacer este punto relativamente sencillo:
Impuesto Sobre la Renta (ISR): El impuesto que tienes que pagar por obtener ingresos.
Impuesto al Valor Agregado (IVA): El impuesto que tienes que recaudar por cuenta del SAT y pagárselo, por celebrar operaciones de compraventa, prestar servicios, arrendar o importar bienes. **Aplican excepciones
Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS): El impuesto que recaudas por cuenta del SAT por vender o importar productos o servicios relativamente nocivos para la salud. (Digo esto porque los cigarros, el alcohol y algunas comidas chatarras gravan con este impuesto)
Además de estos, si tienes empleados a tu cargo, te tocan los siguientes:
Retener y pagarle al SAT el ISR sobre los sueldos y salarios de los empleados.
Las cuotas patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social
Retener y pagarle al IMSS la cuota obrera de Seguridad social
Aportaciones patronales al Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores (INFONAVIT)
Impuesto local sobre la remuneración al trabajo personal (comúnmente llamado Impuesto Sobre Nóminas)
Y dependiendo de la actividad que lleves a cabo, puede que sean más, según donde vivas...
Ahora, si eres asalariado, no necesitas realizar el pago de impuestos mes con mes, pues en su carácter de retenedor, tu patrón te descuenta de tu sueldo el monto que te corresponde cubrir por ISR y las cuotas obreras del IMSS.
4. Que el SAT te puede regresar dinero, si te pones pilas
Ojo aquí, porque el gran secreto que les voy a revelar no es 100% garantizado, pero siempre que los números estén de tu lado, podrás lograr que el SAT te pague a ti...
Si juegas bien tus cartas y pides comprobantes fiscales para amparar deducciones personales (les dejo el link de un artículo que trata de ellas aquí), tienes la probabilidad de lograr que en tu declaración anual de ISR obtengas un saldo a favor de dicho impuesto. ¿Cómo? Pues, las deducciones personales solamente son aplicables en la declaración anual, por lo que la base para la determinación de pagos provisionales es mayor que la base anual, por lo que el ISR anual también será menor que el calculado en cada pago provisional. Al enfrentar el ISR anual contra los pagos provisionales y las retenciones, se puede obtener un saldo a favor.
Si eres asalariado, te recomiendo que vuelvas a leer el párrafo anterior y el artículo que enlacé al respecto, porque... es una buena feria lo que te toca.
En materia de IVA, obtener un saldo a favor implica que el monto de tu IVA acreditable (el IVA que pagaste en compras y gastos) y el IVA retenido sean mayores al IVA trasladado (el IVA que cobraste). Esto se puede lograr cuando exista una discrepancia entre las tasas de acreditamiento y traslado. Un ejemplo muy común de lo anterior es cuando las personas que facturan al 8% (por el estímulo fiscal) o a la tasa 0% tienen gastos cuya tasa de IVA es del 16%. En estos casos, el acreditamiento siempre será mayor al traslado.
5. Cómo funciona el Seguro Social, para efectos fiscales
Todos sabemos que el Seguro Social es una basura, cuando se trata del servicio médico, pero no todos saben que el IMSS es un órgano fiscal. Si, fiscal. Las cuotas que te retienen de tu salario y las que aporta tu patrón tienen naturaleza de contribuciones, llamadas aportaciones de seguridad social, cuya existencia se fundamenta en la fracción II del artículo 2 del Código Fiscal de la Federación.
La base de cálculo para las cuotas obrero-patronales del IMSS es el salario diario integrado, que conforme al artículo 25 de la Ley del Seguro Social, es base de cotización. Para integrar salario, hay que tomar el salario diario y sumarle la proporción diaria del aguinaldo y de la prima vacacional, además de la proporción diaria de las otras percepciones que recibas (dependiendo del tipo de percepción, podrá existir un tope de integración).
Es muy importante como asalariado saber cuánto cotiza uno en el Seguro Social. A mayor salario base de cotización (que en ningún caso puede rebasar el equivalente a 25 veces la Unidad de Medida y Actualización), mayor monto de aportación para las distintas ramas de seguro: enfermedades y maternidad; riesgos de trabajo; invalidez y vida; retiro, cesantía en edad avanzada y vejez; y guarderías y prestaciones sociales.
Nótese que resalté el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Este seguro es la famosísima pensión. Así que si no saben ni cuántas semanas ni cuánto cotizan, váyanse preocupando...
Hay muchas cosas más que todos debemos de saber, pero no los quería atiborrar de información. Ya saben que si necesitan hacer sus preguntas, me pueden mandar un DM por Insta :)
Comments