top of page

Novedades fiscales contables para 2023

Foto del escritor: L. C. Alexis Cruz RubioL. C. Alexis Cruz Rubio

Porque ya sabemos que cada año, el fisco y los demás organismos de la Administración Pública Federal nos traen regalos para el siguiente ejercicio😳


Conforme más nos acercamos al 2023, van tomando forma diversas disposiciones que entrarán en vigor el 1 de enero o en fechas posteriores durante el año. Ya habíamos comentado sobre el salario mínimo en otro artículo, pero hoy les traigo una serie de novedades que tomarán forma en el transcurso del siguiente ejercicio fiscal contable.


Reforma en materia de vacaciones dignas

Inicio de vigencia: 1 de enero de 2023 o en el momento en que indiquen los artículos transitorios de la reforma.


El inicio de la vigencia para esta nueva medida es ambiguo, pues al momento de la publicación de este artículo, no se ha definido esta en los transitorios de la reforma. Todo apunta a que si se aprueba en lo que queda de 2022, entrará en vigor el 1 de enero. En caso contrario, supondremos que será al día siguiente de que se publique en el Diario Oficial de la Federación, o en el momento en que indiquen los transitorios de la reforma.


Esta reforma de vacaciones supone una reforma a los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo. En el primer año de servicios, los trabajadores serán acreedores a 12 días de vacaciones, aumentando en 2 hasta llegar a 20 días, momento a partir del cual se aumentarán los días en 2 por cada 5 años de servicio.


El periodo mínimo continuo de vacaciones que cada trabajador debe gozar es de cuando menos 12 días, conforme al decreto que se publicará en el Diario Oficial de la Federación.


La obligatoriedad del CFDI 4.0 para nómina

Inicio de vigencia: 1 de abril de 2023


En el último trimestre de 2022, el SAT anunció que se concedería una prórroga más para la implementación de la versión 4.0 del CFDI de nómina, debido a la persistente problemática de la obtención de las constancias de situación fiscal de los trabajadores.


Recordemos que para poder timbrar un CFDI versión 4.0 es necesario contar con los datos del receptor que ha manifestado en el fisco. Si se introducen datos distintos a los que tiene el SAT, el timbrado no procede y, por ende, la factura no se puede expedir.


Modificación a las cuotas del seguro de Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez

Inicio de vigencia: 1 de enero de 2023


Esta reforma vino en 2020, sin embargo, su implementación se retrasó para 2023. La verdad está c*brona su implementación, y espero que una vez que le entienda por completo a la aplicación, les pueda explicar con lujo de detalle en qué consiste.


En palabras más, palabras menos, existirá un aumento gradual en los porcentajes de aportación a las cuotas del seguro de Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez pagadas por los patrones. La porción patronal se calcula conforme a una tarifa cuya base es el salario base de cotización del trabajador, en rangos definidos por la Unidad de Medida y Actualización, siendo el piso 1 salario mínimo general de la zona en que se ubique el trabajador y el rango máximo será de 4 UMA en adelante. El porcentaje de aportación oscila entre el 3.150% y el 4.241% para 2023.


El aumento será de forma gradual y anual, culminando en 2030.


Aplicación de multas por la no emisión del Complemento Carta Porte

Inicio de vigencia: 1 de agosto de 2023


¿Que ch*ngados es la Carta Porte? Sigo sin entender a estas alturas del partido, pero es algo que tenemos que acatar a su cumplimiento, si no... cuello😳


Básicamente, a lo que leí, la Carta Porte es un documento que ampara el traslado de mercancías en territorio nacional y en operaciones de comercio exterior, que se emite en conjunto con un CFDI, siendo la Carta Porte un complemento para dicho comprobante.


Luego veré si les traigo a alguien que nos explique a detalle qué es este documento y para qué sirve.


La multa, en caso de que el sujeto esté obligado a emitir el Complemento Carta Porte y no la emita, asciende a un monto que oscila entre $17,020.00 a $97,330.00 y puede suponer también una clausura preventiva del establecimiento del contribuyente de entre 3 a 15 días.


El nuevo Marco conceptual de las Normas de Información Financiera

Inicio de vigencia: 1 de enero de 2023


En 2022, se publicó la nueva NIF A-1. Marco conceptual de las Normas de Información Financiera, que suple a la anterior NIF A-1. Estructura de las Normas de Información Financiera. Entre los principales cambios que trae la nueva NIF A-1 son la condensación de todas las normas de la serie A en esta NIF.


Estos son los cinco cambios más impactantes que se vienen para 2023, espero que esta guía de orientación les sirva para contemplarlo en el siguiente ejercicio✨

20 visualizaciones0 comentarios

Entradas recientes

Ver todo

Comments


  • Instagram
  • LinkedIn

© 2024. L. C. Alexis Cruz Rubio.

bottom of page