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Lo que tienes que saber del aguinaldo🎄

Foto del escritor: L. C. Alexis Cruz RubioL. C. Alexis Cruz Rubio

The whole world feels a little bit more love When Christmas Comes...


No es que el mundo sienta más amor porque llegó la Navidad, sino porque llegó algo más grande que la misma Navidad... EL AGUINALDO🤑


Todos están bien emocionados por recibirlo, pero unos ni siquiera saben qué es el aguinaldo. Ojo, siempre que se recibe dinero hay que ubicar su origen y sus salvedades, porque... el SAT sabe cosas, wey😩


¿Qué es el aguinaldo?

El aguinaldo es una gratificación establecida en Ley que todos los empleadores están obligados a pagar a sus trabajadores. Es un pago que los patrones hacen a sus trabajadores para que dispongan de un poco más de dinero para las celebraciones de fin de año. En México, en su mayoría todos somos creyentes de alguna vertiente del cristianismo, por lo que asociamos el aguinaldo con la Navidad y usualmente destinamos el dinero que recibimos por concepto de aguinaldo para la compra de regalos de Navidad y para comprar cosas para preparar la cena y reunión de Navidad.


Soy patrón, ¿a fuerzas tengo que pagar aguinaldo?

DAAAAAHLING! Dijo por ahí sabiamente la mamá de una de mis amigas que para pen... sativo no se estudia. Ps, obvio, babosAAAAA. Si tienes empleados a tu cargo, estás OBLIGADO a pagar aguinaldo, after all, así lo dice la Ley.


¿Cuánto y cuándo se paga el aguinaldo?

El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo indica que el aguinaldo anual para los trabajadores consta de 15 días de salario, cuando menos, cuando se trate de trabajadores que hayan laborado todo el año en la empresa. Este concepto debe pagarse antes del 20 de diciembre.


Para los trabajadores que no han laborado todo el año en la empresa o que tengan jornadas reducidas, tendrán derecho a la parte proporcional de los 15 días de salario, según los días que trabajaron en el año.


¿Se puede pagar el aguinaldo antes del mes de diciembre?

En el más estricto sentido de la Ley, dice que debe pagarse ANTES del 20 de diciembre. O sea, que si nos lo tomamos así super en serio, si eres patrón puedes pagar el aguinaldo desde enero😂


Pero entonces este pago pierde el punto, porque la razón de ser del aguinaldo es que el empleado tenga un dinerito extra para solventar las fiestas decembrinas. Ahora, que en la realidad, a las personas les alcance el aguinaldo, es otra cosa...


Bueno, también hay otra forma de pagar el aguinaldo antes de diciembre... Si se termina la relación de trabajo con el empleado, el patrón requiere pagarle la parte proporcional del aguinaldo, en proporción a los días trabajados durante el año.


¿El aguinaldo causa impuestos?

Al aguinaldo hay que hacerle su retención de Impuesto sobre la renta (ISR), porque representa un ingreso para el trabajador. No se le retendrán las cuotas obrera y patronales del IMSS, porque la parte correspondiente al aguinaldo se paga durante el año, pues el aguinaldo se integra al salario base de cotización, que es la base para el cálculo de las contribuciones de seguridad social.


Retomando la parte del ISR del aguinaldo. Hay que retenerlo. Sin embargo, el aguinaldo está exento hasta por 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (que para 2021 el monto sería $2,688.60), según el artículo 93 de la Ley del ISR. Por el excedente, al trabajador se le retendrá el Impuesto sobre la renta.


Patrones: ¿el aguinaldo es una deducción autorizada?

Si... Bueno, no... ¿Más o menos?


El artículo 28, fracción XXX dice se aplicará un factor del 0.53 a las partidas que representen ingresos exentos para los trabajadores. Este factor será del 0.47, si estos pagos no disminuyen respecto del ejercicio pasado.


¿Y esto que tiene que ver con el aguinaldo? Pues, se las voy a barajear más despacio, porque luego hay cada menso... El aguinaldo es un ingreso exento para el trabajador y si representa un ingreso exento, para el patrón será no deducible, de entrada en la proporción del 0.53. Si los pagos por concepto de ingresos exentos para trabajadores se mantienen o aumentan, el factor será del 0.47.


¿Entendieron? No creo, pero bueno, cuando sean patrones, les explico y si ya son patrones, pues mándenme un mensajito para explicarles qué show.


Alexis, ¿este año tu vas a recibir aguinaldo?

Chica, yo quisiese, pero no pudiese. I work for Jews. En los Estados Unidos. Y luego, en la Facultad no me pagan. Oiga, Sr Rector, por lo menos cáigase con unos $20.00 pa' la soda, mándele presupuesto a la FCA para una sodita para sus prestadores😩


I work for Jews y no me dieron nada por Hanukkah. I work en la Facultad y la uni no se dispara ni una soda. (Las profes si, pero la uni????? Ay noooo, eso sí jamáaaaaas).


Espero que el día de hoy hayan aprendido sobre sus prestaciones como asalariados, para que no me los hagan mensos y para que puedan recibir o exigir su aguinaldo en tiempo y forma. Cualquier duda, ya saben que me pueden escribir a mis redes sociales de Conta para aclarar sus dudas.


Ya saben que si quieren apoyarme en la compra de un Boleto para el Sorteo No. 88 de la UABC, pueden acceder aquí a ver los premios que hay y para comprar los boletos virtualmente, sin contacto ni infecciones. Todo digital.


¿Necesitan lucir espectaculares para sus posadas navideñas? Mi amiga personal Reyna Carrillo pone uñas, y hasta de Navidad las pone, vayan a su Insta a agendar cita @_reynacarrillo_

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© 2024. L. C. Alexis Cruz Rubio.

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