top of page

Implicaciones de las propuestas de reforma laboral para 2024

Foto del escritor: L. C. Alexis Cruz RubioL. C. Alexis Cruz Rubio

¿Cómo que se nos viene otra reforma laboral? Apenas me vengo recuperando de la anterior, y de la que fue en materia de subcontratación, ni se diga...



Aplaudo las iniciativas que traen los legisladores, pero, ¿realmente estamos listos en las empresas para estos cambios tan radicales? Apenas estamos nivelándonos de la reforma de finales 2022 en la que vimos duplicado el número de días de vacaciones en el primer año de servicio. Esto sin duda representó un gran impacto financiero en las empresas, al aumentar el monto a pagar por concepto de vacaciones y de prima vacacional y además en los factores de integración para el salario base de cotización, representando una carga adicional para los patrones en este ejercicio.


¿La propuesta de reforma laboral de 2024 de qué trata? Pues... a ver, reinas, son muchas cosas las que se están proponiendo.


La primera es la reducción de la jornada máxima de Ley. Se pretende que pasemos de una jornada máxima diurna de 48 horas semanales (8 horas por 6 días) a una jornada de 40 horas semanales (8 horas por 5 días).


Otra propuesta es la de duplicar los días de aguinaldo. Las iniciativas que se manejan al respecto proponen que por el año completo de servicio se paguen 30 días de aguinaldo. También está la propuesta de aumentar los días a pagar por concepto de prima de antigüedad y disminuir los años para acceder a ésta. Actualmente, para recibir 12 días por año de servicio por concepto de prima de antigüedad, el trabajador debe tener cuando menos 15 años laborando para el patrón. La iniciativa de reforma pretende voltear las cifras: para recibir 15 días por año de servicio por concepto de prima de antigüedad, el trabajador debe tener cuando menos 12 años laborando para su patrón. Un aumento de 3 días de pago con reducción de 3 años para acceder a la prestación.


Por último, es de mi conocimiento que se pretende establecer más reglas al respecto de las condiciones de trabajo. Por ahí leí (en Expansión) que un grupo de legisladores pretenden añadir un artículo 68-BIS en la Ley Federal del Trabajo para que sea opcional para los trabajadores contestar llamadas, mensajes o e-mails fuera del horario laboral. En lo personal, yo pensé que ya lo era... (Sorry a mis compañeros y jefes en EY, pero después de las 6:00 yo cobro y muy caro💅🏻💋)


Ahora, ya conocemos las propuestas, pero, ¿esto que implica?


1. Todo es en beneficio de los trabajadores

El derecho laboral es una rama muy noble del derecho, a mi parecer, y eso que no soy abogado. Digo esto porque en el mismo texto de la Ley Federal del Trabajo dice que se busca favorecer a los trabajadores. Muy previsores sociales los legisladores, amé😂


Si se dan cuenta, todas las propuestas van hacia la mejora de la calidad de vida de los trabajadores, por medio del incentivo a su economía personal. Un incremento en prestaciones de Ley representa un incremento económico para la clase trabajadora.


Ahora, la última propuesta analizada, que es la de la desconexión, no es nada nuevo. Se supone que en el capítulo de la Ley Federal del Trabajo que regula el teletrabajo viene consagrado el derecho a la desconexión, pero creo que también es importante precisar el carácter opcional de tomar llamadas, mensajes o correos de tu trabajo después de tu salida aun cuando trabajas de forma presencial.


PTO: Prepare the others. I'm a ghost. OOO! Out of office!💅🏻💋


2. Prepárense para un incremento en el costo patronal

Como mencioné en el punto anterior, un incremento en prestaciones de Ley representa un incremento en el poder adquisitivo de la clase trabajadora, pero también representa un aumento significativo en el costo de tener empleados.


Si eres patronA, te tocará soportar...


Aquí vemos una clara representación de la partida doble más allá de la contabilidad: lo que para uno representa un ingreso, para la contraparte representa un gasto. Si los trabajadores tienen un aumento de ingreso, entonces los patrones tendrán un aumento en su gasto.


La nómina es el gasto más grande que tiene cualquier empresa, sin importar el sector en el que se desenvuelva. Y dejen ustedes el depósito neto en cuenta de los trabajadores, un aumento en prestaciones representa también un aumento en las contribuciones: retenciones de ISR, cuotas obrero-patronales del IMSS, aportaciones patronales al INFONAVIT y el impuesto estatal a la nómina.


3. Los trabajadores cotizarán más en el IMSS/INFONAVIT

Lo abordé en el punto anterior, pero quería hacer la precisión porque muchas personas no entienden la relación.


¿Alguien sabe integrar el salario? Pues, para los que no sepan, el salario diario integrado es base de cotización. El salario, conforme a la Ley del Seguro Social, se integra de la cuota diaria (salario diario), la proporción diaria del aguinaldo y la proporción diaria de la prima vacacional, para empezar. Si tu empleador es buen p*do, chance y otorgan más prestaciones que se integran al salario (o que se excluyen, hay unas que no forman parte del salario para efectos de seguridad social).


¿Notaron algo? A-GUI-NAL-DO. El aguinaldo es una percepción que se integra al salario base de cotización. Si hay un incremento en los días a pagar de aguinaldo, entonces habrá un aumento en la base para determinar las cuotas obrero-patronales de IMSS y las aportaciones patronales al INFONAVIT.



4. La reducción de las jornadas implica contratar más gente

Si la jornada pasa de ser de 48 a 40 horas (o de 6 días de 8 horas a 5 días de 8 horas), ¿qué va a pasar con las empresas que trabajan 7 días a la semana? He aquí la cuestión.


Aquí les va la cosa. Si por la naturaleza del giro de tu empresa no puedes darte el lujo de cerrar un día más o no cerrar ningún día de la semana, ¿qué tendrás que hacer? Pues, hay de dos: o ajustas los horarios de los trabajadores o contratas más personal.


Por ejemplo, en el sector maquila es muy común que la planta trabaje 24/7, cerrando solamente los días de descanso que son obligatorios conforme a la legislación laboral. Este tipo de empresas tendría que subsanar la reducción de la jornada contratando a más empleados para cubrir esas horas.


Again, va de la mano con el incremento al costo patronal, pero creo que vale la pena mencionarlo por separado.


5. ¿El trabajador tendrá un "Estado civil: Ingobernable"?

¿Cómo amaneció la leona, la Mufasa? ¡ESTADO CIVIL: INGOBERNABLE! Diría mi íntimo Jorge Lozano H.


La propuesta de adición del artículo 68-BIS de la LFT va a dejar a lAs patronAs sin soportar🤡


Si de por si, muchos trabajadores nos rehusamos a contestar mensajes de Teams, WhatsApp, llamadas o correos electrónicos más allá de las 6:00 pm o inclusive en días que no son laborales, que en Ley quede establecido que es opcional atender estos medios fuera de horario laboral, exhortará a más trabajadores a ponderar si contestan o no, o inclusive dejar de atender.


Yo en lo personal estoy a favor de esto, porque yo después de las 6:00 pm y en fin de semana, cobro caro. Y en dólar, preciosas. Yo soy un empleado de los caros💅🏻💋


Los legisladores pretenden que esta medida sea para preservar la salud mental de los trabajadores, ya sea en modalidad presencial o teletrabajo. Los legisladores verdaderamente entienden que todos tenemos una vida más allá del trabajo, que somos más que los puestos que ocupamos, las profesiones que ejercemos, somos personas con necesidad de descansar, despejarnos, divertirnos, cuidarnos.


Claro que no hay que abusar de esta opción de atender o no. Verdaderamente no nos cuesta nada atender cuestiones sencillas de "Si" o "No". Tampoco se rayen preguntando cosas que me implicarían volver a prender la computadora. Ahí si los mando por un tubo y muy muy lejos...

18 visualizaciones0 comentarios

Entradas recientes

Ver todo

Comments


  • Instagram
  • LinkedIn

© 2024. L. C. Alexis Cruz Rubio.

bottom of page