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Cierre del ejercicio para personas morales

Foto del escritor: L. C. Alexis Cruz RubioL. C. Alexis Cruz Rubio

Ya extrañaban mi perspectiva sobre temas técnicos, ¿verdad? ¡Qué bonito se siente estar de regreso, caray!


Regresé justo a tiempo para terminar el año. Digo, el ejercicio. Y no solo me limito al cierre para efectos fiscales, sino también vamos a platicar sobre el cierre para efectos contables-financieros.



Anteriormente, habíamos platicado sobre recomendaciones para el cierre del ejercicio para las personas físicas. Por solicitud expresa de un integrante de mi red profesional en LinkedIn, he decidido abordar unos puntos finos para que las personas morales puedan cerrar el ejercicio con broche de oro.


Sin más preámbulo, ahí les van mis recomendaciones para personas morales en este cierre del ejercicio 2023.


1. Hacer las provisiones correspondientes en contabilidad

Recuerden que uno de los postulados básicos de las Normas de Información Financiera es el de devengación contable. Este término se refiere a que las transacciones deben registrarse en el momento en que ocurran y al realizarse.


Para poder entender este postulado, un ejemplo. Los últimos días del año. La última semana completa de 2023 abarca del 24 al 30 de diciembre y el 31 de diciembre queda volando solito. Suponiendo que la empresa paga nómina con semana en fondo o con pago retrasado, la semana del 24 al 30 de diciembre se paga en la primera semana de 2024, y el 31 de diciembre se paga junto con los primeros 6 días de enero en la segunda semana del año.


La nómina del 31 de diciembre de 2023 al 6 de enero de 2024 se deberá "partir". Es decir, al 31 de diciembre vamos a registrar el gasto de nómina del 24 al 31 de diciembre, contra una cuenta por pagar, para reconocer que se trata de un gasto pendiente de pagar. Cuando se paguen los salarios correspondientes del 24 al 30 de diciembre de 2023 en los primeros días de 2024, se carga (disminuye) la cuenta por pagar y se abona (disminuye) a Bancos. El registro del gasto contra la cuenta por pagar es el momento en que ocurre la transacción y el momento del pago es el momento de su realización.


Este mismo procedimiento debe realizarse con los ingresos por bienes entregados no cobrados o servicios prestados no cobrados, así como con todos los gastos efectuados no pagados e impuestos y contribuciones causadas no pagadas al 31 de diciembre.


2. Recabar la documentación comprobatoria de las deducciones

La Ley del Impuesto Sobre la Renta establece que se tiene como plazo para recabar la documentación comprobatoria de las deducciones hasta el momento en que deba presentarse la Declaración del ejercicio, es decir, a más tardar al 31 de marzo del siguiente ejercicio. Pero, ¿para qué dejar algo que puedes hacer hoy para marzo del año que sigue? Yo sé que culturalmente los mexicanos dejamos todo al último, pero con esto no lo hagan así...


Muchas personas o empresas se rehusan a emitir facturas después del final del mes en que ustedes como clientes realizaron el gasto y ellos como proveedores recibieron el ingreso. Es menos tema solicitar las facturas faltantes durante el ejercicio que el año que sigue en marzo para sacar la anual con todos los gastos que representan deducciones.


3. Avísale al SAT si diste de baja activos

Por dar de baja activos, nos referimos a retirar de uso los activos fijos que ya han dejado de ser útiles para generar ingresos.


¿Por qué el SAT necesita saber si di de baja activos? Nomás por metiches, diría yo. Pero supongo que tiene que ver con que no te vayas a deducir la depreciación de un activo que ya no está en funcionamiento, porque como son mañosos los contribuyentes😂


Este aviso se presenta mediante escrito libre en las oficinas del SAT durante el ejercicio en que se causen las bajas de los activos. Si diste de baja activos en 2023, entonces durante el ejercicio fiscal 2023 debes presentar este aviso ante las autoridades fiscales.


4. Ve ajustando las partidas de contabilidad para reflejar sus saldos reales

Ve realizando conciliaciones bancarias para detectar movimientos que no hayas registrado en contabilidad o movimientos que están en libros que no hayan sido registrados por el banco, con el fin de llegar al 31 de diciembre con el saldo real que tienes en el banco.


Esta práctica también realícenla con las cuentas por cobrar y cuentas por pagar. Comuníquense con los departamentos de cobranza y de cuentas por pagar para revisar los saldos reales de los clientes y proveedores.


También revisen los saldos de las partidas de resultados y que estén correctamente identificadas y registradas en los conceptos que correspondan.


Concilia contra facturación emitida y recibida. Contra la facturación emitida coteja con la cuenta de ingresos y verifica que se encuentren efectivamente cobrados o que las partidas pendientes de cobro se encuentren correctamente provisionadas. Asimismo, si reconociste ingresos que no cuenten con CFDI timbrado y así lo requieran, tímbralos.


Contra facturación recibida, coteja contra las cuentas de gastos y realiza el mismo procedimiento que con la facturación emitida: verifica qué se encuentra efectivamente pagado y qué se encuentra pendiente de pago para que puedas reclasificar o ajustar según el estatus del gasto. Ahora, si no cuentas con los comprobantes correspondientes, regréstate al punto 2 del listado y empieza a molestar a tus proveedores con el envío de los comprobantes faltantes.


5. Adelanta lo que puedas de la anual

Me vas a dar las gracias en marzo...


Hacer la Declaración anual de personas morales es mucha "talacha", dirían por ahí. Adelántense a la ch*nga y vayan preparando sus papeles de trabajo y llenándolos con la información que ya tienen del ejercicio.


Esto les va a ayudar a disminuir la carga en marzo y adicionalmente les ayudará a provisionar el ISR del ejercicio y el ISR por pagar en su contabilidad. Siempre podrán ajustar las cantidades ya que tengan el cálculo definitivo, pero ahorita en diciembre es buen momento para ocuparse y no andar a la carrera en la mera temporada.


También con este ejercicio podrán darse una idea de a cuánto les va a salir más o menos pasarle su tajada al tío SAT😂


BONUS: Si auditan a tu empresa, ve preparando el .zip con todo lo que vas a mandarle a tus auditores

Mis amigos auditores agradecerán que de este consejazo😂


Conforme a las disposiciones mercantiles, las personas morales deben celebrar una Asamblea con los socios o accionistas dentro de los primeros cuatro meses del año siguiente para discutir el desempeño de la entidad, así como echarle un vistazo a los Estados financieros, aprobarlos y, si se puede, realizar el reparto de dividendos.


Ahora, muchas de las veces, a la Asamblea le gusta ver las cifras finales ya así de que ultra mega definitivas y revisadas por un auditor. Para alivianar la carga a los que harán la chamba de auditar, vayan recopilando toda la información que más o menos saben que les van a pedir, como lo son las balanzas de comprobación mensuales, pagos de impuestos y contribuciones, comprobantes de adquisiciones de activos fijos, integraciones de saldos, etc.


¿Como pa' que o que? Pues, para cuando llegue la solicitud de información del auditor, puedas enviarla a la brevedad posible y así ellos pueden tener la chamba lista para que se puedan discutir los "Resultados financieros_El bueno_Versión final_Ok_Ya este es el final.xlsx"😩


Espero que todas estas recomendaciones les sean útiles en estas tres semanitas que quedan del año. ¡A darle con todo, que se cierra el ejercicio, señores!


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© 2024. L. C. Alexis Cruz Rubio.

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