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Add-ins de la #AnualPM: CUFIN y CUCA

Foto del escritor: L. C. Alexis Cruz RubioL. C. Alexis Cruz Rubio

¿CUFIN? ¿CUCA? ¿Y eso con qué se come? Y ya me imaginé a mis amigos no Contadores leyendo eso y riéndose por algún doble sentido que le hayan encontrado a esta entrada. Cringe with me, people...



Estamos en temporada de anuales de personas morales. En un post anterior ya habíamos platicado que debe de consignar una declaración anual de personas morales, a grandes rasgos. El día de hoy, les platico de unos add-ins, como les llamo yo, de esta declaración, pues no conforman el objetivo principal de la presentación de la anual, pero estas obligaciones deben cumplirse a más tardar al momento de la presentación de la declaración del impuesto del ejercicio.


Por supuesto, estamos hablando de la Cuenta de utilidad fiscal neta (CUFIN) y de la Cuenta única de capital de aportación (CUCA). Debo precisar, antes de continuar, que dichas cuentas no forman parte de la contabilidad, o bueno... puede que si, pero no forman parte de las estructuras de inversión o financiamiento del Balance general, ni mucho menos son partidas de Resultados, estas cuentas son meramente de naturaleza fiscal.


¿Qué es la CUFIN?

La cuenta de utilidad fiscal neta (CUFIN) es una reserva matemática contemplada en el artículo 77 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Esta cuenta no forma parte de la contabilidad en sí, es de naturaleza meramente fiscal, pero puede contabilizarse en cuentas de orden para tener un mejor control de la cifra.


La CUFIN, conforme al artículo 77, se adiciona de la utilidad fiscal neta de cada ejercicio, dividendos o utilidades percibidas en México e ingresos, dividendos o utilidades percibidas por regímenes fiscales preferentes. Se disminuye por concepto de dividendos o utilidades pagadas y con las utilidades distribuidas determinadas conforme al artículo 78, fracción II de la Ley del ISR, siempre que ambos conceptos provengan del saldo de la CUFIN.


La utilidad fiscal neta del ejercicio se determina partiendo del Resultado fiscal determinado conforme al artículo 9 de la Ley del ISR, restándole el ISR causado en el ejercicio, las partidas no deducibles y la PTU efectivamente pagada en el ejercicio.


El saldo de la CUFIN al último día del ejercicio, sin incluir la utilidad fiscal neta del ejercicio que corresponda, se actualiza desde el mes en que se llevó a cabo la última actualización y hasta el último mes del ejercicio de que se trate. Si después de esta fecha se perciben o reparten dividendos o utilidades, el saldo de la CUFIN se actualiza desde el mes en que se llevó a cabo la última actualización y hasta el mes en que se incurra en este supuesto.


Ahora vamos con la CUCA...

Primero, quiero compartir una historia muy pícara. Era una tarde de diciembre de 2021, yo doblaba ropa tranquilamente sentado en la cama, cuando re repente me entra un mensaje de texto de mi mejor amigo, David, con las palabras que cambiarían mi vida...


"Amigo, ¿sabes sacar la CUCA?", seguido de un "Sin albur". El "sin albur" lo fue todo. Yo había entendido el encargo perfectamente. Mi mente trajo a la conciencia el término fiscal del artículo 78 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, no la vulgar manera de referirse al órgano reproductor femenino. Debo decir que el "sin albur" me hizo soltar la carcajada más escandalosa de mi vida😂


Entrando en materia, la CUCA es la Cuenta única de capital de aportación, que es una forma glorificada de denominar al Capital social. Esta cuenta, al igual que la CUFIN, es meramente de naturaleza fiscal. En la contabilidad, podemos encontrar al capital de aportación dentro de la cuenta de Capital social.


La CUCA se adiciona de las aportaciones de capital y las primas netas por suscripción de acciones efectuadas por socios o accionistas de la persona moral y se disminuye por las reducciones de capital. De este cálculo, vamos a excluir la capitalización de utilidades o la reinversión de dividendos distribuidos a los integrantes de la persona moral.


Determinar la CUCA no es lo c*brón, lo c*brón es actualizar el saldo de la CUCA. Para efectuar esta actualización, se debe considerar el saldo al último día del ejercicio y la actualización comprenderá el periodo desde la última actualización hasta el mes del cierre del ejercicio.


Los aumentos y reducciones de capital también causan la actualización de la CUCA, la cual se actualizará desde la última actualización y hasta el mes en que se efectúe el aumento o reducción que corresponda.


En el caso de la determinación de la CUCA para el ejercicio de inicio de operaciones, el saldo de la cuenta se actualiza por el periodo comprendido desde la aportación inicial y hasta el último mes del ejercicio.


En definitiva creo que todos aprendemos algo nuevo con cada artículo que publico. Espero que les haya gustado la redacción o les haya servido la información. Ya saben que las consultas me las pueden hacer por DM✨

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