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Paquete fiscal 2022: lo que sabemos hasta ahora

Foto del escritor: L. C. Alexis Cruz RubioL. C. Alexis Cruz Rubio

Ok, debo admitir que para escribir el artículo de hoy, leí varios artículos de medios contables reconocidos.


El pasado 8 de septiembre, el Ejecutivo Federal (es decir, el Presidente, Cabecita de algodón) presentó ante la Cámara de Diputados las iniciativas de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio 2022 y el Presupuesto de Egresos de la Federación.


Hablemos un poco de esta dinámica. No me voy a meter tanto en el proceso legislativo ni las potestades tributarias del Poder Legislativo. Vamos a hablar de números, del aspecto contable-financiero que tiene este suceso. Hablamos de una Ley de Ingresos. La Ley de Ingresos viene siendo lo equivalente al Presupuesto de Ventas o de Ingresos en una empresa: es el origen de los recursos. La Ley de Ingresos enlista cada uno de los conceptos por los cuales se van a recaudar recursos: básicamente, se enumeran todas las contribuciones (impuestos, derechos, aportaciones de seguridad social y contribuciones de mejoras), así como sus accesorios, aprovechamientos y productos (no son contribuciones, pero tienen naturaleza fiscal).


Por su parte, el Presupuesto de Egresos es la aplicación de los recursos. Ya obtuve el dinero, ahora viene la cuestión de a dónde lo voy a destinar. El Presupuesto de Egresos enlista todos los gastos públicos. ¿Les suena conocido? Consulten el artículo 31, fracción IV, de la Constitución y les llegarán todas las respuestas.


Ok, una vez explicado lo anterior, olvídenlo. Si nos importa lo que diga la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos, pero la neta, yo no reviso el Paquete fiscal todos los años para ver cuánto van a recaudar ni en qué se lo van a gastar. Reviso el Paquete fiscal todos los años para ver cómo me van a j*der la vida los legisladores. ¿Por qué digo esto? Me j*den la vida los legisladores en el momento que cambian radicalmente las disposiciones de las leyes fiscales.


Spoiler alert! Las disposiciones fiscales cambian cada año, aunque sea una mini cosita de nada lo que cambien. TODO lo que leí durante uno o dos semestres vale m*dres al 1 de enero del siguiente año.


En fin, ustedes se preguntan, ¿entonces qué viene en el dichoso Paquete fiscal 2022? El contenido definitivo no se sabe hasta noviembre. Sin embargo, cuando se da a conocer la iniciativa del Paquete fiscal, usualmente se da a conocer el contenido de éste, entonces, vamos viendo...


Modificaciones a la Ley del Impuesto Sobre la Renta

  • Winter is coming... Se viene el Régimen de confianza. Se espera que se implemente un régimen de confianza para personas morales, que elimine el régimen de personas morales de las actividades de agricultura, ganadería, pesca y silvicultura (los AGAPES). Asimismo, el régimen de confianza para personas físicas existirá como reemplazo del régimen de incorporación fiscal (RIF).

  • Eliminar pagos provisionales con base en el coeficiente de utilidad para el régimen de AGAPES. Ok, esta debería de ir en conjunto con el punto anterior, pero si, las personas que realicen actividades de las AGAPES bajo el nuevo régimen de confianza, ya no podrán realizar pagos provisionales con base en un coeficiente de utilidad.

Modificaciones a la Ley del Impuesto al Valor Agregado

  • Se propone gravar a tasa 0% los productos de gestión menstrual, es decir, toallas sanitarias y otros análogos. Se prevé que con esta medida baje el precio de venta, pero no lo creo...

  • Para acreditar IVA pagado en importaciones, será requisito que el pedimento de importación de las mercancías venga a nombre del contribuyente.

  • Eliminar las disposiciones de IVA relacionadas al régimen de incorporación fiscal.

Modificaciones a la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

  • Se dará claridad al concepto de marbete electrónico, adicionando un artículo con la definición fiscal de este concepto.

Modificaciones al Código Fiscal de la Federación

  • Se busca restringir el certificado de sello digital para aquellos que tributen en el régimen de confianza y omitan tres o más pagos mensuales, consecutivos o no, del impuesto o de la declaración anual.

  • Añadir un artículo para señalar que las autoridades fiscales podrán, como resultado de ejercer las facultades de comprobación, determinar la simulación de actos jurídicos para efectos fiscales.

  • Añadir las infracciones y sanciones relacionadas al incumplimiento de las disposiciones del propuesto régimen de confianza.

¿Comprendido? No espero que salgan expertos en el Paquete fiscal, porque si hay unas partes engorrosas que aun me cuestan entender. Espero que con el pasar de los meses podamos esclarecer todo lo que aun queda por definir concretamente.


Se los juro que me está dando un coraje nomás de leer para escribirles este artículo, porque pues... EL RIF, ESTÚPIDA!! (la estúpida siendo Cabecita de algodón) No tardé un semestre entero intentando comprender el régimen de incorporación fiscal para que, ya que lo domino, lo vayan a derogar. FML.


En fin, ¿quién me manda estudiar Contaduría? Nadie, pero pues si no estoy yo para platicarles de todo esto, ¿pues quién, veda? Anyways, este es uno de los aspectos que me hacen definir que tengo una relación tóxica con mi carrera. Siempre he dicho que uno de los grandes amores de mi vida es la Contaduría, aunque todos los años me cambien las disposiciones fiscales y agreguen nuevas NIFs❤️

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© 2024. L. C. Alexis Cruz Rubio.

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