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Aspectos relevantes para la preparación de la DIEMSE 2023

Nombre si yo se que los tengo bien abandonados, pero hay mucho jale, mucha chamba, y nos está tocando soportar🤡



Estamos en el mes de junio que, además de destacar por ser el mes de mi ✨aniversario✨, también es el mes de la presentación de la Declaración Informativa de Empresas Manufactureras, Maquiladoras y de Servicios de Exportación, conocida comunmente por sus siglas: DIEMSE.


Como su nombre lo dice, es una declaración informativa para las empresas del sector maquila de exportación, en la cual reportarán sobre sus operaciones de maquila celebradas con el o los residentes en el extranjero con los que tengan celebrados contratos de maquila (los famosos "principals").


La DIEMSE nace como producto de la "nueva" (que ya no es tan nueva) Ley del Impuesto Sobre la Renta, que entró en vigencia en 2014, y es uno de los requisitos principales para que las maquiladoras puedan continuar aplicando las disposiciones preferenciales de la actividad, entre las cuales destaca la deducción de salarios exentos pagados a los trabajadores (adicional al 53% o 47%, que comentaremos en otra ocasión).


En mi segundo año preparando esta declaración, sobra decir que aun quedan muchas dudas y, pese a que no existen manuales o procedimientos concretos para su preparación, he logrado salir del apuro.


El día de hoy les comparto una serie de consideraciones que debemos tomar en cuenta para preparar la DIEMSE.


Consideraciones para la elaboración de la DIEMSE

  • Datos generales: Hay que mantener los datos generales de la empresa maquiladora y de su principal actualizados, para lo cual siempre debemos asegurar contar con la documentación soporte actualizada a la mano, principalmente los convenios modificatorios o renovaciones del contrato de maquila.

  • Información financiera: Si eres un fiscalista encargado de preparar la DIEMSE, ¿de donde vamos a obtener la información financiera? Lo más probable es que por ahí tengas el ISSIF o el Dictamen fiscal, por lo cual es importante manifestar la información presentada para estas obligaciones. En su defecto, habrá que ponerse a clasificar los conceptos en la Balanza de comprobación que sirvió de base para preparar la Declaración anual.

  • Información fiscal en materia de ISR: Recuerda que la empresa de la que informas también lleva a cabo operaciones no maquila, la información relativa a la utilidad fiscal y el impuesto pagado debe segregarse entre operación de maquila y no maquila, aunque para efectos de la Declaración anual se presente consolidado.

  • Información fiscal en materia de IVA: Debe manifestarse la información de las declaraciones vigentes (normales o complementarias) del ejercicio que se reporta, considerando el IVA trasladado, el acreditable, el retenido y las solicitudes de devolución presentadas y autorizadas devueltas, segregando estas últimas entre importes devueltos correspondientes al mismo ejercicio y correspondientes a ejercicios anteriores.

  • Deducción adicional para maquiladoras: Conforme a las disposiciones del Decreto que otorga diversos beneficios fiscales del 26 de diciembre de 2013, se establece que para efectos de continuar aplicando la facilidad para la deducción adicional de los sueldos exentos que de lo contrario serían no deducibles, es necesario informarla en la DIEMSE.

  • Proporción de la maquinaria y equipo utilizada en la operación de maquila: Recuerda que la proporción se determina tomando el saldo pendiente por deducir de la maquinaria y equipo entre el monto original de la inversión. Es importante destacar que se debe de clasificar la maquinaria y equipo conforme a quién es su propietario (el principal, la maquiladora o terceros), ya que uno de los requisitos principales para que una empresa se considere maquiladora es que por lo menos el 30% de la maquinaria y equipo sea propiedad del extranjero con quien se celebró el contrato de maquila.

  • Determinación de la utilidad fiscal mínima: Las empresas que tributan conforme al esquema del Safe Harbor, deberán proporcionar los datos con los cuales determinaron su utilidad fiscal, el 6.9% sobre el total de activos o el 6.5% sobre los costos y gastos.

Respecto del último punto, se supone que el apartado del Safe Harbor solamente se activa en la plantilla digital para su llenado para empresas que tributan con base en este esquema. Sin embargo, también se ha estado habilitando para empresas que determinan su utilidad fiscal con base en un Acuerdo Anticipado de Precios de Transferencia (APA), y no permite generar el borrador ni enviar la declaración sin llenar esta información.


En el caso de las empresas que operan bajo un APA, el llenado es solamente para continuar con la presentación, por lo que puede llenarse con un peso. De igual forma, una vez que se imprime la declaración, el apartado del Safe Harbor no aparece en la impresión. Es un vicio del sistema que desde el año pasado no han podido corregir en el SAT??????🤡


Anyways, espero que este post les sea de utilidad en esta recta final de temporada de DIEMSE. Cómo me hubiera gustado que en mi primer año elaborándolas (el año pasado), hubiera existido un tutorial para su preparación. No hay tal tutorial, pero ahora si un norte para compartir con ustedes.


Por ahí todavía tengo unos aces bajo la manga, pero los dejaré para otra ocasión👀

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